Se establece que para gozar de los beneficios establecidos
en el artículo 20 de la Ley, los usuarios de la Zona Comercial de Tacna deberán
cumplir con estar inscritos en el Registro Único de Contribuyentes y no
encontrarse en el estado de baja de inscripción, con suspensión temporal de
actividades, ni tener la condición de contribuyente no habido.
IDENTIFICACIÓN DE LA MERCANCÍA
Las mercancías a ser comercializadas en o desde la Zona
Comercial de Tacna por los usuarios de dicha Zona llevan obligatoriamente un
Distintivo de Identificación, que permita identificar que su comercialización
es exclusiva en o desde la Zona Comercial de Tacna, así como para el solo uso
y/o consumo personal sin fines comerciales y/o empresariales de las personas
naturales que las adquieran.
La Administración de la Zofratacna, bajo responsabilidad,
verifica que las mercancías que salieron de los Depósitos Francos de la
ZofraTacna con destino a la Zona Comercial de Tacna por un usuario de la Zona
Comercial, han sido materia de la primera venta por éste a otros usuarios de
dicha Zona o a las personas naturales.
CONDICIONES PARA LA ADQUISICIÓN
Las personas naturales, desde el resto del territorio
nacional, pueden adquirir de la Zona Comercial de Tacna, a través del comercio
electrónico, únicamente los bienes consignados en la franquicia de compra por
los montos, cantidades o volúmenes detallados en la citada franquicia.
Los bienes adquiridos por las personas naturales son
trasladados al resto del territorio nacional por las empresas de servicios de
entrega rápida.
EMPRESA DE COMERCIO ELECTRÓNICO
La empresa de comercio electrónico debe inscribirse en el
registro que forma parte del sistema de control que implementa el Comité de
Administración de la ZofraTacna, de acuerdo con los requisitos y condiciones
que establezca la Sunat para dicha inscripción.
La empresa de servicio de entrega rápida, autorizada como
operador de comercio exterior por la Sunat, realiza la recolección, transporte,
consolidación, traslado y entrega de los bienes adquiridos mediante comercio
electrónico en la Zona Comercial de Tacna, y mantiene el control de estos
durante todo el suministro del servicio, conforme a lo que establezca la Sunat.
CONTROL ADUANERO
La Sunat efectúa el control aduanero antes, durante y
después del traslado de los bienes. Para el ejercicio de este control emplea
técnicas de gestión de riesgo.
COMITE DE ADMINISTRACIÓN
El sistema de control de las ventas y el registro de la
franquicia de compra que implementa el Comité de Administración de la
ZofraTacna conforme al artículo 20 de la Ley debe estar intercomunicado con la
Sunat por medios electrónicos, de acuerdo con lo que establezca la Sunat.
EXONERACIÓN IMPOSITIVA
La venta de los bienes a las personas naturales del resto
del territorio nacional para su uso y consumo personal sin fines comerciales
y/o empresariales, a través del comercio electrónico, desde la Zona Comercial
de Tacna, no está gravada con el Impuesto General a las Ventas, Impuesto de
Promoción Municipal e Impuesto Selectivo al Consumo y demás impuestos creados y
por crearse que graven las operaciones de venta, sujetos al plazo previsto en
el artículo 20 de la Ley.
Para efecto de lo dispuesto en el numeral anterior, el
monto, cantidad y/o volumen de los bienes al detalle que pueden comprar las
personas naturales indicadas en el citado numeral, acogiéndose a la franquicia
de compra, son los establecidos en el Decreto Supremo Nº 202-92-EF, Decreto
Supremo que aprueba la relación de artículos que podrán ser adquiridos por los
turistas que visiten la Zona de Tratamiento Especial Comercial de Tacna, o
norma que lo modifique o sustituya.
Los usuarios de la Zona Comercial de Tacna que realicen las
operaciones antes señaladas están gravados con el Impuesto a la Renta.
CATEGORÍA
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